• 20 de Abril

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Durante la tarde de ayer en reunión virtual y junto al seremi del Trabajo y Previsión, Fernando Gebhard, el Intendente Regional, Harry Jürgensen, dio a conocer los detalles del proyecto que flexibiliza transitoriamente los requisitos para acceder al seguro de cesantía, incrementa temporalmente el monto del seguro y mejora los beneficios de la Ley de Protección del Empleo.

A la cita virtual acudieron los presidentes de las Cámara de Comercio de Puerto Montt, Eduardo Salazar; Cámara de comercio Osorno, Rodrigo Ibáñez; Cámara Comercio de Puerto Varas, Horacio Bóvolo; Cámara Comercio de Ancud, David Barría y Cámara Comercio de Castro, Julio Candia, quienes se informaron acerca de las mejoras a la Ley de Protección del Empleo y el Seguro de Cesantía.

El Intendente Harry Jürgensen, destacó estas modificaciones en el contexto de la pandemia por Covid-19, “nos reunimos con las cámaras de comercio para conversar sobre los nuevos beneficios que traería este proyecto de ley que amplía la protección de los ingresos familiares, porque extiende el periodo de protección de las personas que quedan sin trabajo y también disminuye los requisitos para tener esos beneficios. En general, los representantes de las cámaras de comercio lo ven como un avance positivo, como un aporte, como un mejoramiento a la difícil situación que muchos sectores económicos están viviendo donde la ley de protección al empleo ha sido fundamental para poder mantener los ingresos familiares”.

Entre las modificaciones se destacan:

Mejoras al Seguro de Cesantía

El proyecto propone flexibilizar los requisitos de acceso a los beneficios del Seguro de Desempleo, permitiendo que los trabajadores que se encuentren cesantes o que quedaren cesantes, después de haber recibido las prestaciones de la Ley de Protección del Empleo, puedan acceder a las prestaciones del Seguro.

Los requisitos de cotización exigidos para acceder al Seguro de Desempleo se rebajan a tres cotizaciones continuas anteriores al término de contrato, o a seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas en los últimos doce meses anteriores al mes de término del contrato. De esta forma, se equiparán los requisitos de acceso al Seguro de Desempleo con los de la Ley de Protección del Empleo.

Finalmente, se permitirá que aquellos cesantes que no cumplen con requisitos de cotizaciones para acceder al Seguro de Desempleo ni a la Ley de Protección del Empleo, pero que cuenten con recursos en su cuenta individual, puedan disponer de dichos recursos.

Mejoras en los beneficios entregados por la Ley de Protección del Empleo y el Seguro de Cesantía

El Proyecto de Ley extiende los beneficios entregados por el Seguro de Cesantía y por la Ley de Protección del empleo de la siguiente manera: Aumenta los porcentajes de remuneración que se pueden obtener a partir de la Cuenta Individual del Seguro de Cesantía: se establece un pago del 55% de la remuneración en el segundo, tercer, cuarto y quinto mes. Además, desde el sexto pago en adelante se puede obtener un 50% de la remuneración (actualmente, los pagos de la cuenta individual son de 55%, 45%, 40%, 35% y 30% desde el segundo mes en adelante).

Aumenta los porcentajes de remuneración que se pueden obtener a partir del Fondo de Cesantía Solidario: tanto para trabajadores con contrato indefinido como para trabajadores con contrato a plazo fijo, se establece un pago de 55% de la remuneración en el segundo, tercer y cuarto mes. A partir del quinto mes, se establece un pago de 45% de la remuneración (actualmente, para los trabajadores con contrato indefinido, los pagos del Fondo de Cesantía Solidario son de 55%, 45%, 40% y 35% desde el segundo mes en adelante).

La autoridad podrá incrementar el quinto giro desde un 45% a un 55% de la remuneración en caso de que se cumplan ciertos parámetros objetivos definidos por el Ministerio de Hacienda y del Trabajo.

Se agrega la posibilidad de que los beneficiarios de la Ley de Protección del Empleo accedan, tal como ya lo pueden hacer los beneficiarios del Seguro de Cesantía, a un sexto y séptimo giro en casos de alto desempleo.

Las nuevas disposiciones relativas al acceso y pago de las prestaciones de la Ley de Protección del Empleo y del Seguro de Cesantía estarán vigentes hasta el día 31 de octubre de 2020