• 20 de Octubre

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En la jornada de ayer, y en respuesta a nuestra nota publicada, justamente, en la edición de ayer sobre la revocación del permiso de explotación de la licencia del casino de Puerto Varas a Enjoy donde informábamos que la SCJ (Superintendencia de Casinos de Juegos) permitió a Enjoy cambiar la Boleta de Garantía que asegura la operación por tres años por una Póliza de Seguros que sería un instrumento más engorroso de cobrar, la Superintendenta de Casinos de Juegos, Vivien Villagrán, nos envió una carta al Director con aclaraciones que publicamos en su integridad a continuación:

Señora

Directora Ejecutiva

Heraldo Austral

Revocación del permiso de operación de Casino de Puerto Varas S.A.

“Junto con saludarla cordialmente, a través de la presente quiero realizar algunas aclaraciones con relación a la nota publicada ayer en el Heraldo Austral, titulada “Superintendencia de Casinos revoca permiso de operación de Puerto Varas a Enjoy””.

“En la citada publicación se cuestiona que la “SCJ permitió reemplazar Boleta de Garantía por Póliza de Seguro”, poniendo en duda la legalidad de tal decisión y sustentando tal sospecha en el informe evacuado por la Comisión Especial de la Cámara de Diputados que analizó los actos de la SCJ en relación el proceso de insolvencia de Enjoy. En tal sentido se afirma que la ley “señala que para garantizar la oferta económica las sociedades deben presentar boleta de garantía o vale vista por una cantidad en UF equivalente al monto de tres años de la oferta económica””.

“Al respecto, es importante considerar que el 10 de febrero de este año, la Contraloría Regional de Los Lagos emitió un dictamen en el que desestima la presentación que hicieron concejales de la Municipalidad de Puerto Varas, quienes solicitaron que se instruyera un procedimiento disciplinario en contra de la SCJ y otro organismo público”.

“En el caso de la Superintendencia, uno de los cuestionamientos estaba relacionado precisamente con la autorización para presentar pólizas de seguro para renovar la garantía existente “en circunstancias que aquello no sería posible””.

“Sobre esta materia, el Órgano Contralor señaló claramente que la normativa “… sólo exige para el reemplazo de la caución, que se entregue una garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable, sin limitarla a determinados instrumentos bancarios”, concluyendo que “no es posible advertir de qué modo las autoridades denunciadas habrían incurrido en las infracciones al principio de probidad administrativa que se denuncian, debiendo, por tanto, desestimarse la presentación de la especie””.

“En este contexto, y en el marco de sus facultades, la SCJ autorizó el reemplazo de las pólizas, en consideración a que es un instrumento totalmente válido, como lo ratificó la CGR, y en ningún caso la razón fue porque tienen “… un sistema para su cobranza de larga data lo que hace más engorroso el cobro de estos dineros”, como se señala en la nota”.

Sin otro particular, se despide atte.,

Vivien Villagrán Acuña

Superintendenta de Casinos de Juego