- Debido a que los concejales no están afectos a responsabilidad administrativa, el ente contralor instruyó al alcalde para que recuerde al cuerpo colegiado “la obligación legal que tienen de respetar, resguardar y cumplir estrictamente el principio de probidad administrativa en el cumplimiento de sus labores”.
En el informe de Contraloría Folio E72034/2025 titulado “actuaciones que se detallan vulnerarían el Principio de Probidad Administrativa. Autoridad Edilicia deberá dar cumplimiento a Instrucción que señala” instruyó al alcalde Gárate reiterar a los “integrantes del cuerpo colegiado la obligación legal que tienen de respetar, resguardar y cumplir estrictamente el principio de probidad administrativa en el cumplimiento de sus labores”.
Este informe fue emanado luego de que el órgano contralor investigara una denuncia anónima contra el Concejal Juan Patricio Godoy, en la cual Contraloría concluyó que el concejal aludido no debió votar en la aprobación de su participación en una capacitación de la Asociación de Municipalidades que él mismo subió a tabla, debió haberse inhabilitado por conflicto de intereses.
Y el segundo hallazgo tiene que ver con la justificación de la inasistencia del Concejal a la sesión del concejo del 8 de mayo de 2024, para lo cual presentó certificado médico por “faringobronquitis”, en circunstancia que el mismo día participó en la ciudad de Caldera en un festival artístico.
Señala Contraloría en el documento que “ Respecto de la inasistencia del aludido concejal a la sesión ordinaria N° 105, celebrada el 8 de mayo de 2024, la que fue justificada con un certificado médico de atención de salud con diagnóstico de “faringobronquitis”, en circunstancias que en esa misma fecha se encontraba participando en un festival en calidad de “artista musical”, también en la ciudad de Caldera, cumple con expresar que esta Entidad de Control comparte en lo sustantivo el análisis y conclusión expresados en el informe aportado, en términos de que dicho documento habría sido presentando con la única finalidad de justificar la inasistencia a la sesión para percibir la totalidad de la dieta, ya que su participación en el evento había sido planificada con anticipación”.
Explica el ente contralor que “…dado, como se dijo, que los concejales no están afectos a responsabilidad administrativa que pueda hacer efectiva esta Entidad de Control, cumple con instruir a esa jefatura comunal para que en la sesión ordinaria del concejo municipal más próxima a realizarse luego de la notificación del presente oficio, reitere a los integrantes del cuerpo colegiado la obligación legal que tienen de respetar, resguardar y cumplir estrictamente el principio de probidad administrativa en el cumplimiento de sus labores”.
El Concejal Juan Patricio Godoy señaló, en el mismo concejo, “…dada la situación particular que ocurre en el país es que se ha puesto énfasis en esta situación en particular y quiero dejar sentadas las bases de lo que dije en su momento, de parte de este concejal que lleva ya más de 10 años en el Concejo Municipal, nunca ha sido la intención de actuar de manera tal que vaya a perjudicar los intereses económicos de la comuna y del municipio, porque he luchado durante muchos años por lo mismo, fui un gran batallador en el período del ex alcalde Berger. Nuca ha sido mi intención de faltar a la probidad sabiendo los riesgos que uno puede correr con ello, por esa razón es que he estado tres veces sentado acá en este hemiciclo, porque he demostrado que me la he jugado”.
El Concejal Godoy señaló su intención de devolver el monto que le fue pagado por esa sesión de concejo de mayo del 2024 a la que no asistió y señaló que viajó por sus propios medios y que no hubo ninguna licencia médica de por medio.