• 25 de Abril

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Tribunal Ambiental de Valdivia ordenó reprogramar el Plan de Reparación de la bahía de Puerto Varas

ESSAL y el Municipio deberán presentar una actualización del cronograma de obras en la red sanitaria


Este jueves se desarrolló una audiencia desformalizada en la que el Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, revisó el cumplimiento de la sentencia que condenó a ESSAL a reparar el daño ambiental causado por el vertimiento del efluente con aguas servidas no tratadas desde las Plantas de tratamiento de la empresa hacia dicha bahía, que forma parte del Lago Llanquihue.

Durante la audiencia, el Tribunal, integrado por los Ministros Sr. Iván Hunter Ampuero, Sra. Sibel Villalobos Volpi y Sr. Jorge Retamal Valenzuela, ordenó a ambas partes reformular el cronograma de cumplimiento del Plan de reparación aprobado en febrero de 2020, debido a que los plazos originalmente propuestos por la sanitaria no se han cumplido. No obstante, ESSAL destacó que se encuentra en condiciones de cumplir en un 100% su compromiso de reparaciones menores a la red de colectores para el mes de agosto del año en curso. 

El Tribunal determinó un plazo de 30 días hábiles judiciales para que las partes presenten una reformulación de plazos para las distintas actividades y medidas aprobadas previamente en el Plan de Reparación Ambiental. 

Además, el Tribunal ofreció su colaboración a través de la figura del «amigable componedor», la que permite que uno de los Ministros intervenga para facilitar acuerdos en aquellos puntos en que se generen discrepancias.

Cabe recordar que en agosto de 2019, el órgano especializado condenó a la empresa ESSAL a presentar un Plan de reparación del daño ambiental causado, que considerara, a lo menos, una disminución del caudal de aguas servidas y mixtas presente en el sistema de alcantarillado, aumentar la capacidad de homogeneización de caudales de aguas mixtas para evitar la activación de los aliviaderos de tormenta y generar la información necesaria para el diseño de las modificaciones del sistema a largo plazo y el monitoreo de la efectividad de las medidas tomadas.

Al respecto el Ministro Iván Hunter declaró: “En el Tercer Tribunal Ambiental hemos desarrollado una audiencia desformalizada en causa D30 -2017. Esta es una causa de reparación por daño ambiental que interpuso la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas en contra de la empresa ESSAL S.A. por la activación indiscriminada de los aliviaderos de tormenta. El Tribunal en su oportunidad aprobó un programa de reparación, en el cual se establecían una serie de metas y acciones a cumplir en un determinado plazo. De acuerdo a los informes de avance se había detectado desviaciones en cuanto al plazo de ejecución de algunas de las acciones comprometidas en el plan. En consecuencia, el Tribunal citó a las partes, para efectos de verificar cuáles habían sido las justificaciones de esas tardanzas y, posteriormente, poder determinar la existencia de plazos nuevos con el objeto de dar cumplimiento al plan de reparación que había sido aprobado por el tribunal”.