• 28 de Marzo

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Tribunal Ambiental de Valdivia escuchó alegatos en demanda por daño ambiental del Lago Llanquihue

Municipio de Puerto Varas  insistió en responsabilidad de ESSAL y sanitaria aseguró que no se configura un daño ambiental

 


El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, recibió este martes la prueba y los alegatos de las partes en la demanda de reparación por daño ambiental interpuesta por la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas en contra de la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos, ESSAL S.A., por el presunto daño sufrido en la Bahía de Puerto Varas del Lago Llanquihue, en la región de Los Lagos.

Durante la audiencia, ambas partes informaron que no alcanzaron una conciliación durante los últimos meses, por lo que será el Tribunal Ambiental de Valdivia el encargado de resolver esta controversia.

El municipio presentó a una testigo experto y reiteró que ESSAL sería responsable del daño ambiental que afectaría al Lago Llanquihue, a raíz de las descargas de aguas servidas por el uso indiscriminado de los aliviaderos de tormenta.

En su alegato, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas señaló que la empresa estaría utilizando los aliviaderos ante precipitaciones habituales y no ante lluvias especialmente intensas. Además señaló que esta acción afectaría la calidad de vida de los habitantes de la comuna, impactando directamente en las actividades que habitualmente realizan los vecinos en el lago, en la época estival; y en el turismo en la zona.

Por su parte, ESSAL  presentó tres testigos y destacó que la comuna de Puerto Varas no cuenta con un Plan Maestro de Aguas Lluvias, lo que escaparía a la responsabilidad de la empresa y afectaría directamente sus operaciones.

La sanitaria alegó que existen diversas fuentes de descargas en la bahía que podrían ser responsables del fenómeno registrado el verano del 2017 y señaló que el municipio no aportó pruebas que permitan configurar la existencia de un daño ambiental.

El Tribunal, integrado por los Ministros Iván Hunter Ampuero, Sibel Villalobos Volpi y Jorge Retamal Valenzuela, dejó la causa en estudio, y podría pedir diligencias adicionales, si la revisión del expediente lo hiciera necesario.

Respecto de los detalles de la audiencia y los plazos para dictar sentencia, el Ministro Presidente del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, Iván Hunter, declaró a la prensa:

“El día de hoy (ayer) nosotros hemos renovado una audiencia que se había suspendido con anterioridad, en la cual hemos procedido a explorar la posibilidad de conciliación, la que no se produjo porque las partes no están de acuerdo y, posteriormente, procedimos a recibir la prueba documental y los testigos expertos, y los testigos simples presentados por ambas partes. Con posterioridad, en la última fase de la audiencia hemos escuchado los alegatos de clausura que son los alegatos en los cuales las partes intenta demostrar al tribunal que han probado los distintos hechos y aseveraciones que han ingresado en sus respectivos escritos”.

 

Causa queda en estudio

“Hemos tomado la determinación el día de hoy – continuó el Ministro - que la causa quede en estudio, es decir, cada uno de los ministros va a revisar completamente el expediente, las pruebas, va a escuchar los audios, va a hacer las investigaciones que estime pertinente y, eventualmente, y eso será algo que tendrá que acordarse entre los ministros que integraron la sala, podrían solicitarse algunas medidas para mejor resolver, alguna diligencia de prueba, pero eso es algo que eventualmente irá surgiendo en la medida que se vayan estudiando los antecedentes”.

“Esta es la última audiencia, que es la audiencia de conciliación, prueba y alegato que sería la última parte en la cual tienen intervención quienes aparecen como demandante y demandado y, en este momento, el tribunal es el que tiene que abocarse al estudio de los antecedentes para poder dictar una sentencia”.

 

Plazo para Dictar Sentencia

“No le sabría decir con precisión, sólo le digo que la ley nos da a nosotros un plazo de 30 días contados desde que se cita a las partes a oír sentencia. Ese trámite todavía no se realiza, atendido a que la causa quedó en estudio y todavía no hemos logrado un acuerdo, no hemos tomado una decisión sobre el asunto, pero evidentemente una vez que se cite a las partes a oír sentencia, tenemos la obligación de cumplir con los plazos legales”.