• 19 de Abril

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El pasado viernes, la Corte Suprema publicó el fallo que confirmó la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental de la hidroeléctrica Mediterráneo (210 MW) que se pretendía instalar en la cuenca del río Puelo.

Con 3 votos a favor y uno en contra la Tercera Sala de la Corte Suprema, presidida por el Ministro Sergio Muñoz, rechazó los recursos de casación presentados por la empresa Mediterráneo S.A y el Servicio de Evaluación Ambiental, manteniendo con esto la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia que falló a favor de la reclamación ciudadana presentadas por José Horacio Cayún en contra de la central hidroeléctrica Mediterráneo; cancelando con esto la RCA y anulando el pronunciamiento del Comité de Ministros, por presentar falencias en el estudio antropológico, especialmente en el proceso de Consulta Indígena.
 

Sergio Millamán, representante de Horacio Cayún y la comunidad indígena Domingo Cayún Panicheo, manifestó la satisfacción de que se haya confirmado la resolución del Tribunal Ambiental de Valdivia y “que ojalá este sea el punto final de un proyecto que nunca debió haber sido ingresado y que nunca debió haber sido aprobado por la institucionalidad ambiental vulnerando normativas ambientales y de derechos humanos de Pueblos Indígenas”, indicó el profesional”.

Cabe mencionar que el 17 de  noviembre del 2016, el Tribunal Ambiental acogió la reclamación presentada por José Cayún Quiroz (comunidad Mapuche Domingo Cayún)  y,  en consecuencia, se anuló la Resolución Exenta N°105 de 29 de enero de 2016, dictada por el Director Ejecutivo del  Servicio de Evaluación Ambiental, que ejecutó el acuerdo  N°16/2015 del Comité de Ministros, adoptado en la sesión  ordinaria de fecha 2 de noviembre de 2015, como también la  Resolución de Calificación Ambiental N°128 de 6 de marzo de  2014, dictada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la  Región de Los Lagos.

En contra de dicha sentencia, el Servicio de Evaluación Ambiental y la empresa Mediterráneo S.A, titular del proyecto, dedujeron recursos de casación en la forma y en el fondo, la que fue desestimada por el Tribunal de alzada y confirmó los criterios del Tribunal Ambiental quien consideró que no se habían atendido antecedentes culturales de la comunidad ni tampoco se había cumplido con la consulta indígena

Respecto al fallo, Macarena Soler abogada de Puelo Patagonia y representante de un grupo de habitantes de Cochamó, manifestó que reciben con alegría pero cautos la noticia “Estamos muy contentos de poder celebrar este fallo, del trabajo de defensa que la comunidad ha hecho desde los inicios, sin embargo hay mucho camino por recorrer. Los derechos de agua siguen siendo de Mediterráneo y la cuenca no está protegida definitivamente. IRLA S.A tiene derechos mineros en la cuenca y no nos hemos olvidado del daño que ha provocado su camino. Seguiremos firmes para enfrentar todos los Mediterráneos que vengan, apoyar la ZOIT y reservar definitivamente las aguas del río Puelo”.

La revocación del permiso de evaluación ambiental de la central hidroeléctrica Mediterráneo marca un hito para la comunidad de Puelo y Cochamó, que ha mostrado una fuerte oposición ciudadana desde sus inicios y una postura firme en las diversas instancias legales asociadas a la protección del río Puelo. “Esto no termina aquí, más bien es un aliento para poder seguir hasta proteger definitivamente nuestras aguas” manifestó Martín Gallardo, habitante de la cuenca del río Puelo.